1. Si el pensionado demuestra que estuvo durante 25 años afiliado a una Caja de Compensación familiar, podrá gozar de los beneficios de recreación, capacitación y turismo sin realizar aportes. Sin embargo, la afiliación no será extensiva ni para beneficiarios ni conyugue. Si así lo desea, tendrá que revisar su mesada y las opciones de 2 y 3.
2. Los pensionados con mesada hasta de 1.5 smmlv, que no cumpla los requisitos de la primera opción, tendrá tres caminos y serán catalogados como categoría A:
- Sin aportes: Solo tendrá beneficios de recreación, cultura y deporte, y no podrá afiliar a beneficiarios o cónyuge.
- Con aportes del 0,6%: Tendrá beneficios de Recreación deporte, cultura, turismo y capacitación, y podrá incluir a su conyugué e hijos menores de 18 años.
- Con aportes del 2%: Además de los beneficios de recreación deporte, cultura, turismo y capacitación, podrá acceder a los subsidios de vivienda. Asimismo, los pensionados de COLPENSIONES tendrán acceso a créditos sociales. Pueden incluir a su cónyuge o hijos menores de 18 años.
3. Los pensionados con mesada superior a 1.5 smmlv, que no cumpla los requisitos de la primera opción, tendrá dos opciones:
- Con aportes del 0,6%: Tendrá beneficios de Recreación deporte, cultura, turismo y capacitación, y podrá incluir a su conyugué e hijos menores de 18 años. Le aplica la categoría A o B dependiendo el valor de la mesada.
- Con aporte del 2%: Además de los beneficios de recreación deporte, cultura, turismo y capacitación, podrá acceder a los subsidios de vivienda. Asimismo, los pensionados de COLPENSIONES tendrán acceso a créditos sociales. Pueden incluir a su cónyuge o hijos menores de 18 años. e aplica la categoría A o B dependiendo el valor de la mesada.